La Pascua, que corona el Triduo Pascual iniciado el Jueves Santo, constituye
la solemne y exultante proclamación del triunfo de la Vida sobre la muerte.
Después del Viernes Santo dominado por la contemplación de la Pasión y Muerte
del Señor y luego del gran silencio y soledad que se ciernen el Sábado Santo
sobre la tierra “porque el Dios hecho hombre ha muerto” y ha descendido a la
región de los muertos para rescatar de allí a Adán diciéndole “mi sueño te
sacará del sueño de la muerte” (De una antigua Homilía sobre el santo y
grandioso sábado), la liturgia de la Vigilia Pascual, en el Pregón canta con
gozo desbordante: “Esta es la noche en la que Cristo rompió las ataduras de la
muerte y surgió victorioso de los abismos”.
Pascua significa paso. Precisamente paso de la muerte a la Vida. Jesucristo, con
su triunfo, nos abre el camino a una vida plena y nos invita a compartirla
brindando, como expresa bellamente el Santo Padre Benedicto XVI, “un nuevo
horizonte a la vida y, con ello, una orientación decisiva”. Cristo es “el
verdadero cordero que quitó el pecado del mundo; muriendo destruyó nuestra
muerte y resucitando restauró la vida” (Prefacio de Pascua I).
Todo es alegría, alabanza, acción de gracias a Dios porque, en Cristo, recupera
el hombre su esperanza, dignidad y grandeza. La Vida triunfa definitivamente
sobre la muerte.
Esta alegría se ve ensombrecida, sin embargo, porque en Argentina la Suprema
Corte de Justicia ha producido un penoso fallo que, interpretando de modo
laxista el antiguo Artículo 86 del Código Penal, ha concretado la no
penalización del aborto en caso de violación. No soy jurista y, por lo mismo,
dejo a los especialistas la crítica de sus fundamentos. Pero salta a la vista de
cualquiera su contradicción: se reconoce la existencia de vida desde la
concepción para, luego, declarar que la vida no es un valor absoluto. La vida
fruto de una violación puede ser impunemente eliminada mientras que la que no
proviene de una tan lamentable situación queda preservada. ¿no se trata acaso de
una flagrante contradicción y discriminación?. Además, la corte que no
castigaría con pena de muerte al violador castiga con un crimen al fruto de una
violación. ¿ Qué clase de justicia es ésta?.
Lo que resulta aún más grave es que este fallo esté abiertamente contra la
Constitución Nacional que, en el artículo 75 inciso 22, ha incorporado tratados
internacionales, de jerarquía superior al derecho interno, que defienden
el carácter de persona de todo ser humano y reconocen su derecho al respeto de
su vida. Más claramente, la Constitución en su art. 75 inciso 23, 2° párrafo
dice que es obligación del Congreso “dictar un régimen de seguridad social
especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el
embarazo hasta la finalización del período de enseñanza
elemental”.
Por lo demás la Constitución de la Provincia de Tucumán, en su art. 40, inciso
1° reconoce el derecho “A una existencia digna desde la concepción con la
debida protección del estado a su integridad psicofísica con la posibilidad de
disponer de una igualdad en las oportunidades”.
Como Pastor, y no fundándome en la fe cristiana y católica, sino en el Derecho
Natural, uno de cuyos mandamientos es “no matar” no puedo callar cuando los
medios de comunicación informan que el gobierno provincial que, en general está
a favor de la vida, insta al apoyo del fallo judicial con el argumento de que no
se puede desobedecer a la justicia. Me parece que estamos ante una gran
confusión. Se interpreta un fallo que contradice la Constitución Provincial y la
Nacional como si fuera una ley. Estoy convencido de que es necesario un diálogo
sereno y veraz que no permita que la Argentina instrumente, mediante protocolos
de dudosa validez jurídica, la interrupción de embarazos por vía del aborto en
casos de violación.
Resulta paradójico y dramático que estos anuncios se hagan, precisamente, en
Semana Santa. Cuando la Iglesia celebra el triunfo de la Vida sobre la muerte se
pretende instaurar lo contrario: el predominio de la cultura de la muerte sobre
el don sagrado y absoluto de la vida, y de la vida inocente.
Ruego a los poderes provinciales, ejecutivo, legislativo y judicial, a los
políticos, a los juristas, y especialmente a los médicos, a que se pongan a la
altura de la gravedad de las circunstancias. Especialmente los médicos deben
hacer valer su derecho a la “objeción de conciencia” y negarse a practicar
abortos en cualquier caso que fuera. Nunca se justifica el crimen, y menos el de
un inocente que no puede defenderse. Desgraciadamente Argentina, como en tantas
cosas, también en este terreno del aborto está “de ida” cuando los países que lo
aprobaron “vienen de vuelta”. Por poner un ejemplo, en Italia, que aprobó el
aborto en 1978, crece en grandes proporciones la “objeción de conciencia” de los
ginecólogos y, en general, de todo el personal sanitario.
Mientras exhorto a los fieles católicos y a todos los tucumanos a obrar a
conciencia en un asunto tan grave y reitero mi disposición al diálogo franco y
abierto con las autoridades porque confío en su buena voluntad y disposición a
buscar la verdad, aseguro mi oración y deseo a todos una feliz Pascua de
Resurrección. Que el Señor de la Vida disipe las tinieblas de nuestros corazones
con la luz de la Verdad. Con mi Bendición Pastoral
Mons. Alfredo
H Zecca.
Arzobispo de
Tucumán.
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