RESOLUCIÓN 296/11 DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD
Artículo 1º — Créanse las Mesas Barriales y Mesas Zonales de Participación Comunitaria en Seguridad, cuyo ámbito de actuación se corresponderá, respectivamente, con los barrios y las jurisdicciones de comisarías de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2º — Las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad desarrollarán su accionar en los barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estarán integradas por aquellas organizaciones o entidades comunitarias no gubernamentales, interesadas en la seguridad pública, que actúen en dicho ámbito territorial y que hayan participado de la capacitación inicial del área de Participación Comunitaria dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS DE PREVENCION Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD de este Ministerio.
Art. 4º — Las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad tendrán como funciones en su ámbito territorial:
a) Efectuar diagnósticos participativos que permitan confeccionar mapas de prevención comunitaria de la violencia y el delito.
b) Participar en el diseño de los planes locales de seguridad.
c) Impulsar acciones de prevención de la violencia y de integración comunitaria en articulación con el estado.
d) Co-gestionar con organismos del estado el mejoramiento del espacio urbano barrial.
e) Solicitar informes del funcionamiento de las comisarías a sus titulares.
Art. 6º — Las Mesas Zonales de Participación Comunitaria en Seguridad estarán integradas por los órganos de Coordinación de las Mesas Barriales de una misma jurisdicción de comisaría. Se constituirá una Mesa Zonal por jurisdicción policial.
Art. 7º — Las Mesas Zonales tendrán como funciones:
a) Articular el accionar de las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad de su jurisdicción.
b) Promover el trabajo en red de las diferentes organizaciones que integran las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad de su jurisdicción.
e) Evaluar el funcionamiento y las actividades del servicio de policía local. Art. 11.—
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— NILDA GARRE
Notas catapúlticas
1) El texto completo se publicó en el Boletín Oficial del 6 de junio.
2) No hace falta ser un lince para darse cuenta que este es el primer paso para “democratizar” la Policía Federal, y que el control de la calle estará en manos de la Cerda Madre, la Abuela Mentirosas, “La Cámpora”, el “Movimiento Evita” y el resto del estercolero K.
Fuente : http://www.catapulta.com.ar/



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